Cambio climático
¿Qué implicaciones tiene la nueva Ley de Cambio Climático y transición energética para las empresas?
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LCCTE) ha sido aprobada el 13 de mayo y contempla entre sus objetivos “la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades”. Esto introduce grandes novedades que afectarán también a las empresas del país. Se trata de un documento esperado y ambicioso que sienta los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero de nuestro país, marca una planificación para alcanzarlos y envía señales claras y definitivas para los sectores productivos. Se alinea en este sentido con los principios del Pacto Verde Europeo a la hora de buscar la “mejora de la competitividad de nuestros sectores productivos y certidumbre para las inversiones”.
Según las palabras de Valvanera Ulargui, directora de la Oficina Española para el Cambio Climático (OECC), que quedan recogidas en nuestro podcast #PorMotivosDeAgenda, esta ley “cambia nuestra forma de vivir respondiendo a una demanda de la sociedad”.
Las empresas españolas tienen ante esta LCCTE el desafío de transitar hacia un nuevo modelo, modelo que sin las empresas no será posible. En la lógica del texto legal se deja claro que los objetivos y las acciones han de permear en todos los sectores y se esfuerza en dejar claras las señales en positivo. Tales como que se podrían crear entre 250.000 y 350.000.000 empleos netos de aquí al año 2030 o aumentar hasta 2 puntos nuestro PIB.
Aunque la Ley marca como el mayor catalizador al sector público, el papel del privado es imprescindible, especialmente para algunos sectores, los cuales tendrán que tener en cuenta aspectos muy relevantes, algunos de los cuales hemos destacado aquí.
La orientación de las inversiones
Reordenar los flujos financieros es una necesidad palpable. La Ley establece un marco para facilitar la equidad en la transición a una economía descarbonizada, ofreciendo herramientas de aprendizaje y transparencia obligatorias que ayuden a percibir y evaluar riesgos y oportunidades y mejorar las decisiones de inversión.
Información no financiera
En la línea con lo adoptado por la Unión Europea, se introduce la obligación anual de emitir un reporte no financiero por parte de las empresas cotizadas y del sector financiero que incorpore una evaluación del impacto financiero de los riesgos asociados al cambio climático generados por la exposición de su actividad, incluyendo los riesgos de la transición hacia una economía sostenible y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos financieros. Esto afecta a las sociedades emisoras de valores admitidos a negociación en mercados regulados y las entidades aseguradoras y reaseguradoras y las sociedades afectadas por la a Ley de Sociedades de Capital. Las entidades de crédito deberán, además de los puntos anteriores, incluir en el informe objetivos específicos de descarbonización de su cartera de préstamo e inversión alineados con el Acuerdo de París a partir de 2023. El contenido de los informes, que se adelanta en el Artículo 28 de la LCCTE, quedara regulado próximamente por un real decreto.
Internacionalización de empresas
Se adoptará una Estrategia de financiación climática internacional. El objetivo es introducir la consideración del cambio climático y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de manera coordinada en los distintos instrumentos de financiación internacional y apoyo a la internacionalización de la empresa.
Transición justa
La transición a una economía descarbonizada requiere también de medidas que faciliten una transición justa para los colectivos y áreas geográficas más vulnerables. Esto, en un país con altas tasas de desempleo como España, “se logrará promoviendo la transición ecológica de las empresas, las metodologías de trabajo y del mercado laboral en general”. Estos esfuerzos crearán oportunidades de empleo decente, incrementando la eficiencia de los recursos y construyendo sociedades sostenibles con bajas emisiones de carbono. El Gobierno aprobará, cada cinco años, mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, Estrategias de Transición Justa con la participación de las Comunidades Autónomas y los agentes sociales.
Contratos con las administraciones públicas
De conformidad con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, en toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios medioambientales y de sostenibilidad energética cuando guarden relación con el objeto del contrato, que deberán ser objetivos, respetuosos con los principios informadores de contratación pública y figurar, junto con la ponderación que se les atribuya, en el pliego correspondiente. Para ello, la contratación de la Administración General del Estado y el conjunto de organismos y entidades del sector público estatal incorporará como prescripciones técnicas particulares en los pliegos criterios de reducción de emisiones y de huella de carbono dirigidos específicamente a la lucha contra el cambio climático. A tal efecto, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Hacienda elaborarán un catálogo de prestaciones en cuya contratación se tendrán en cuenta estos criterios.
Orientaciones para la industria
Se avanza que será necesario ligar la transición energética a la política industrial y a la l+D, estableciendo mecanismos de apoyo a la industria para que la transición tecnológica genere mayor competitividad y posicionamiento y conlleve generación de riqueza y empleo de calidad. Si quieres conocer cómo las empresas pueden orientar la industria y la innovación según el ODS 9, pincha aquí.
Digitalización
Será una palanca relevante. Por ejemplo, el Gobierno se compromete a abordar estratégicamente los retos y oportunidades que genera la incorporación de la tecnología digital al sector energético, al sector de la movilidad sostenible, a la economía circular, a la gestión del capital natural, a las redes y ciudades inteligentes y, en general, a las actividades de lucha contra el cambio climático. Y promoverá que las compañías tengan en cuenta el impacto de sus servicios y de su proceso de digitalización y adopten un enfoque responsable de la innovación de los servicios digitales existentes para lograr una digitalización sostenible en el ámbito de aplicación de esta Ley. También se compromete a impulsar las competencias digitales de la fuerza laboral.
Empresas energéticas y consumo de energía
Este sector es el gran protagonista para lograr los objetivos de alcanzar en el año 2030 una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42% y alcanzar en el año 2030 un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable. Las empresas tendrán que hacer diferentes acciones para poder mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5%, con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria. Entre las novedades avanzadas, no se otorgarán nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Se introducen disposiciones que fomentan los gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles alternativos.
Sector de transporte
Es “parte de la respuesta” al cambio climático. Desde el punto de vista de la movilidad, por ejemplo, se anuncian medidas destinadas a fomentar el reparto de mercancías y la movilidad. Se establece que se adoptarán medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2. la Ley recoge la necesidad de adoptar medidas para la reducción de las emisiones generadas por el consumo de combustibles fósiles en el transporte marítimo y en puertos, de forma que los puertos de competencia del Estado en el año 2050 sean de cero emisiones directas.
Alimentación
Las empresas del sector de la alimentación que sean proveedoras de las administraciones públicas deberán tener en cuenta que, con el objeto de incrementar la resiliencia, al tiempo que se reduce la huella de carbono y de fomentar una alimentación de calidad, en los pliegos de la Administración General del Estado y sus entidades vinculadas, correspondientes a contratos públicos que tengan por objeto prestaciones que exijan la adquisición de alimentos, se podrán establecer condiciones especiales que primen los alimentos frescos o de temporada, y con un ciclo corto de distribución, siempre que ello resulte acorde con lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
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