Medioambiente
Tipo de empresa al que afecta
- Todas las empresas
Grupo de interés al que afecta
- Personas empleadas
- Cadena de suministro
- Consejo de administración
Ambito de la normativa
- Europeo
Fecha de entrada en vigor
20 de mayo de 2024
*Los Estados miembros tienen que transponer la Directiva a sus respectivos ordenamientos internos a más tardar el 21 de mayo de 2026.
Objetivo de la normativa
La Directiva sobre delitos medioambientales establece normas mínimas relativas a la definición de los delitos y las sanciones para proteger con mayor eficacia el medio ambiente, así como a medidas para prevenir y combatir la delincuencia medioambiental y hacer cumplir el Derecho medioambiental de la Unión Europea de manera efectiva.
Resumen de obligaciones para la empresa
Las conductas empresariales son constitutivas de delito cuando son ilícitas e intencionadas, incluso cuando se lleve a cabo con una autorización expedida por una autoridad competente de un Estado miembro si dicha autorización se hubiera obtenido de manera fraudulenta o mediante corrupción, extorsión o coerción, o si dicha autorización incumple de manera manifiesta requisitos jurídicos materiales.
Los delitos medioambientales que deben contemplar las empresas se agrupan en cinco categorías:
- Contaminación y daño ambiental: Incluye vertido de sustancias que dañen personas, aire, suelo, aguas, ecosistemas, animales o plantas; comercialización de productos prohibidos; uso indebido de mercurio; descarga de sustancias por buques; y operación de instalaciones peligrosas sin cumplimiento de directivas europeas.
- Gestión inadecuada de residuos: Abarca la gestión inadecuada de residuos peligrosos y no peligrosos, traslado de residuos en cantidades significativas, y reciclado de buques que no cumpla con los requisitos establecidos.
- Protección de especies y hábitats: Incluye el sacrificio, destrucción o comercio ilegal de especímenes de especies protegidas; deterioro de hábitats protegidos; y la introducción y manejo de especies exóticas invasoras.
- Uso indebido de sustancias y productos peligrosos: Engloba la fabricación, comercialización, exportación o uso de sustancias restringidas o prohibidas; producción y uso de sustancias que agotan la capa de ozono o de gases fluorados de efecto invernadero.
- Explotación indebida de recursos naturales: Incluye la extracción de aguas que cause daños sustanciales y la construcción, explotación y desmantelamiento de instalaciones que causen daños graves al medio ambiente.
Contiene compromisos públicos
Los Estados miembros impartirán formaciones especializada para policías, jueces y fiscales, prepararán estrategias nacionales y organizarán campañas de sensibilización para luchar contra la delincuencia medioambiental. Los datos recogidos por los Gobiernos de la UE sobre delitos contra el medio ambiente deberán ayudar a abordar mejor esta cuestión y la Comisión actualizará periódicamente la lista.
Información adicional
Los delitos contra el medio ambiente cometidos se castigarían con penas de cárcel en función de la duración, la gravedad o la reversibilidad de los daños. Los delitos cualificados podrían ser castigados con ocho años de prisión; los que causen la muerte de una persona con diez años, y los demás delitos con hasta cinco años.
Todos los infractores estarían obligados a restablecer el entorno dañado y a ofrecer compensación, además de enfrentarse a multas. Para las empresas, las multas alcanzarán el 3 % o el 5 % de su facturación mundial anual o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros, según la naturaleza del delito. Los Estados miembros podrán decidir si persiguen delitos penales que no hayan tenido lugar en su territorio.