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Medioambiente

Tipo de empresa al que afecta
  • Todas las empresas
Grupo de interés al que afecta
  • Personas empleadas
  • Cadena de suministro
  • Consejo de administración
Ambito de la normativa
  • Europeo

Fecha de entrada en vigor

20 de mayo de 2024

*Los Estados miembros tienen que transponer la Directiva a sus respectivos ordenamientos internos a más tardar el 21 de mayo de 2026.

Objetivo de la normativa

La Directiva sobre delitos medioambientales establece normas mínimas relativas a la definición de los delitos y las sanciones para proteger con mayor eficacia el medio ambiente, así como a medidas para prevenir y combatir la delincuencia medioambiental y hacer cumplir el Derecho medioambiental de la Unión Europea de manera efectiva.

Resumen de obligaciones para la empresa

Las conductas empresariales son constitutivas de delito cuando son ilícitas e intencionadas, incluso cuando se lleve a cabo con una autorización expedida por una autoridad competente de un Estado miembro si dicha autorización se hubiera obtenido de manera fraudulenta o mediante corrupción, extorsión o coerción, o si dicha autorización incumple de manera manifiesta requisitos jurídicos materiales.
Los delitos medioambientales que deben contemplar las empresas se agrupan en cinco categorías:

  • Contaminación y daño ambiental: Incluye vertido de sustancias que dañen personas, aire, suelo, aguas, ecosistemas, animales o plantas; comercialización de productos prohibidos; uso indebido de mercurio; descarga de sustancias por buques; y operación de instalaciones peligrosas sin cumplimiento de directivas europeas.
  • Gestión inadecuada de residuos: Abarca la gestión inadecuada de residuos peligrosos y no peligrosos, traslado de residuos en cantidades significativas, y reciclado de buques que no cumpla con los requisitos establecidos.
  • Protección de especies y hábitats: Incluye el sacrificio, destrucción o comercio ilegal de especímenes de especies protegidas; deterioro de hábitats protegidos; y la introducción y manejo de especies exóticas invasoras.
  • Uso indebido de sustancias y productos peligrosos: Engloba la fabricación, comercialización, exportación o uso de sustancias restringidas o prohibidas; producción y uso de sustancias que agotan la capa de ozono o de gases fluorados de efecto invernadero.
  • Explotación indebida de recursos naturales: Incluye la extracción de aguas que cause daños sustanciales y la construcción, explotación y desmantelamiento de instalaciones que causen daños graves al medio ambiente.

Contiene compromisos públicos

Los Estados miembros impartirán formaciones especializada para policías, jueces y fiscales, prepararán estrategias nacionales y organizarán campañas de sensibilización para luchar contra la delincuencia medioambiental. Los datos recogidos por los Gobiernos de la UE sobre delitos contra el medio ambiente deberán ayudar a abordar mejor esta cuestión y la Comisión actualizará periódicamente la lista.

Información adicional

Los delitos contra el medio ambiente cometidos se castigarían con penas de cárcel en función de la duración, la gravedad o la reversibilidad de los daños. Los delitos cualificados podrían ser castigados con ocho años de prisión; los que causen la muerte de una persona con diez años, y los demás delitos con hasta cinco años.

Todos los infractores estarían obligados a restablecer el entorno dañado y a ofrecer compensación, además de enfrentarse a multas. Para las empresas, las multas alcanzarán el 3 % o el 5 % de su facturación mundial anual o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros, según la naturaleza del delito. Los Estados miembros podrán decidir si persiguen delitos penales que no hayan tenido lugar en su territorio.

Documentos de directiva

Directiva (UE) 2024/1203 relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal

Otros documentos de interés

Noticia del Parlamento Europeo