Derechos humanos y laborales
Tipo de empresa al que afecta
- Todas las empresas (Obligatoriedad de Auditoria retributiva para aquellas que tengan que elaborar un plan de igualdad)
Grupo de interés al que afecta
- Personas empleadas
Ambito de la normativa
- Nacional
Fecha de entrada en vigor
14 de abril de 2021
Se prevé actualización
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente real decreto, se aprobará, un procedimiento de valoración de los puestos de trabajo.
Objetivo de la normativa
El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres desarrolla los elementos esenciales para combatir la desigualdad retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes, a través de un sistema retributivo transparente, complementado por un procedimiento de acceso a la información adecuado y por una correcta definición de los aspectos relevantes en la conceptualización del trabajo de igual valor.
Resumen de obligaciones para empresas
Todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla acesible para las personas trabajadoras. Este registro deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, puestos de trabajo iguales o de igual valor, cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
Además, las empresas que elaboren un plan de igualdad deberán incluir en el mismo una auditoría retributiva que deberá reflejar la media aritmética y mediana de las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa conforme a los resultados de la valoración de puestos de trabajo; y si la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales de un sexo es superior en un 25% o más a la del otro deberá incluirse una justificación.