Buen gobierno y transparencia

Tipo de empresa al que afecta
  • Sociedades cotizadas
Grupo de interés al que afecta
  • Consejo de administración y dirección de las empresas
  • Personas empleadas
  • Inversores
Ambito de la normativa
  • Nacional

Fecha de entrada en vigor

24 de febrero de 2015

Se prevé actualización

Revisado el 26 de junio de 2020

Objetivos de la normativa

Los principales objetivos del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se agrupan en:

  • Velar por el correcto funcionamiento del sistema de gobierno y administración de las sociedades españolas para mejorar su competitividad.
  • Proteger los intereses de los accionistas e inversores, generando confianza y fomentando la transparencia en todas sus actividades.
  • Mejorar el control sobre los órganos internos e impulsar las políticas de responsabilidad social corporativa.

El Código está compuesto por 64 recomendaciones de seguimiento voluntario, no tiene carácter vinculante.

Resumen de obligaciones para empresas

El Código introduce novedades relevantes dirigidas a reforzar la transparencia y la implicación de los accionistas y otros grupos de interés, la presencia de mujeres en los consejos de administración y la atención a los riesgos no financieros y determinadas medidas de control para evitar posibles prácticas irregulares; así como a incorporar un enfoque actual y global de sostenibilidad y aclarar diversos aspectos relacionados con las remuneraciones de los consejeros.

Las sociedades cotizadas deberán incluir en su informe anual de Gobierno Corporativo el grado de cumplimiento de las recomendaciones (no vinculantes) del Código de buen gobierno, y en su caso, explicar de forma adecuada las razones por las que no se han implementado.

El Presidente o la Presidente del Consejo de la empresa, debe informar a la Junta General de los cambios más significativos en materia de Gobierno Corporativo, así mismo, debe definir y promover una adecuada política de comunicación con accionistas e inversores.

Las sociedades deberán contar con una política general de comunicación de información económico-financiera y corporativa que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de inversores y demás grupos de interés. A través de la página web corporativa, la Junta General de Accionistas deberá fomentar la transparencia de sus actividades.

El Código incluye recomendaciones sobre la composición y funcionamiento de sus comisiones, que deberán configurarse como comisiones especializadas y contar con competencias más específicas. Como consecuencia de esta especialidad, recomienda que se le atribuya a una de las comisiones del consejo (Comisión de Gobierno Corporativo en el caso de las sociedades con mayor capital) la facultad de supervisar el cumplimiento de las políticas sobre responsabilidad social corporativa y las reglas de gobierno corporativo. La comisión de auditoría tendrá a cargo la supervisión y evaluación del proceso de elaboración e integridad de la información no financiera, así como de los sistemas de control y gestión de riesgos tanto financieros como no financieros, incluyendo estos últimos los operativos, tecnológicos legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción.

Las sociedades deberán promover una política adecuada de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales, como facultad indelegable del consejo de administración, ofreciendo de forma transparente información suficiente sobre su desarrollo, aplicación y resultados. En el Código se define el contenido mínimo que debe identificarse en las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales

Contiene compromisos públicos

Dentro de la política dirigida a favorecer una composición apropiada en los consejos de administración, se considera que favorece la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género, las medidas que promuevan el aumento significativo del número de altas directivas. En este sentido, a partir de 2022 los consejos de administración deberán contar con, al menos, un 40% de consejeras.

Documentos de la ley

Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)